Ella actuaría según sus declaraciones en legítima defensa, pero sabemos que la legitima defensa se acredita cuando esta haya tenido la misma intensidad que el agravio inicial o que origino el conflicto. basta con expresar que las conclusión responde. El parricidio en cuestión, como muchos otros jóvenes confusos, temía los impulsos violentos anidados en las regiones oscuras de su mente, tanto a su propia muerte. Caso Llamoja Hilares, STC 00728-2008-PHC, de 23 de octubre de 2008. . [email protected] Tratándose de salvajes caníbales, era natural que devorasen el cadáver". Estudiante de Derecho Sanny Gutierrez Chávez. Ejemplo: un asesino que planea la muerte de alguna persona, dañando la avioneta donde viajara, con pleno conocimiento de que su ascendiente es el piloto y es seguro que perezca en el evento ilícito, sin embargo, aun con este conocimiento, lo realiza. judiciales que tiene sobrada relevancia constitucional. judiciales. La indebida motivación en la sentencia “El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales es una garantía del justiciable frente a la arbitrariedad judicial y garantiza que las resoluciones no se encuentren justificadas en el mero capricho de los magistrados, sino en datos objetivos que proporciona el ordenamiento jurídico o los que se derivan del caso. Un trascendido señalaba que Llamoja insultó a su madre gritándole ignorante y le sacó en cara que no tuviera formación universitaria como ella o su papá. En primer lugar, Llamoja asegura que la mamá fue la primera en coger el cuchillo. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA derecha; ante ello, agrega que cogió un cuchillo que estaba en la mesa y que, se produjeron movimientos no de ataque, sino motivados por el pánico y la, desesperación, razón por la cual ambas se infirieron heridas accidentales (no, con relación al fondo del asunto, refiere que, La occisa presentó 60 heridas, las cuales (todas) fueron superficiales, pues 56, se hallaron solo en la epidermis (sin sangrado); 3 menos superficiales, que, tampoco fueron profundas (el protocolo de necropsia no señalo profundidad por, ser ínfimas), y una (1) que, aun siendo también superficial, fue la única fatal (el, persona presentó 22 heridas aproximadamente; sin embargo, refiere que el, minimizado las heridas cortantes que presentó su persona (para señalar que, (ocultando que fueron sumamente superficiales, sólo en la epidermis y sin, sangrado). Ronald F. Clayton arrepentimiento alguno, además atribuye que los hechos a una legitima defensa y miedo Sabemos que la legítima defensa, debe ser una respuesta a la agresión con la misma intensidad y también sabemos que tener un cuchillo en la mano puede provocar lesiones graves conllevando a la muerte. Después de lo ocurrido, ella se ha declarado inocente en todo momento, por tanto, no muestra El 11 de marzo del 2011 la Comisión Interamericana de derechos Humanos, sometió a la corte basándose en los articulo 51 y 61 de la convención, en el caso contra el estado de Honduras, ya que se alega la responsabilidad internacional del estado por la muerte de internos privados de la libertad. Sin embargo, no todo ni cualquier error en el que eventualmente incurra una resolución judicial constituye automáticamente la violación del contenido constitucionalmente protegido del derecho a la motivación de las resoluciones judiciales. ANÁLISIS-DE-SENTENCIA-GIULIANA-LLAMOJA.docx. Culpabilidad: La culpabilidad es el nexo intelectual y emocional que une al sujeto con el acto delictivo. Campus Laguna 3651-2006 y ordene su una persona y menos restringir la efectividad de su derecho fundamental a la Cuando argumentamos, entonces, brindamos fundamentos, construimos un esquema de explicaciones. corrección lógica o desde su coherencia narrativa. Magistrado Ponente: Dr. Carlos Gaviria Díaz. justificación externa es decir el fondo del asunto aun es dubitable. apoya esta demanda por falta de corrección lógica de premisas, y porque la Sección: tercera juan david hincapié sánchez Agregan asimismo que lo que en puridad pretende la recurrente es que se efectúe un nuevo análisis del acervo probatorio que se incorporó en el proceso, extremos estos que no son materia de un proceso constitucional, sino más bien de un proceso ordinario. D FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EMITIDA EL 13 DE OCTUBRE DE 2008, RECURSO DE AGRAVIO Señala el Tribunal a este respecto: argumenta que se ha vulnerado su derecho a la Tutela Procesal Efectiva que La motivación escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias, fundamentos de hecho en que se sustentan.”. El Tribunal Constitucional señala, entre sus principales argumentos, los conflictos subyacentes a la el Juez en su decisión; y, por otro lado, cuando existe incoherencia narrativa, que a la postre se presenta como un discurso absolutamente confuso incapaz. milkyto_149983. Considerando todo lo expuesto, estoy conforme con la sentencia emitida Freud considera la religión como el sentido colectivo de culpa proveniente del acto de parricidio. Con fecha 3 de agosto de 2007, la recurrente interpone demanda de hábeas corpus, contra los Vocales integrantes de la Tercera Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, señores Josué Pariona Pastrana, Manuel Carranza Paniagua y Arturo Zapata Carbajal; y contra los Vocales integrantes de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, señores Javier Román Santisteban, Hugo Molina Ordóñez, Daniel Peirano Sánchez y Ricardo Vinatea Medina, con el objeto de que se declare la nulidad de la sentencia condenatoria de fecha 26 de julio de 2006, y su confirmatoria mediante ejecutoria suprema de fecha 22 de enero de 2007, ambas recaídas en el proceso penal N.º 3651-2006, y que en consecuencia, se expida nueva resolución con arreglo a Derecho, así como se ordene su inmediata libertad. República Bolivariana de Venezuela PRINCIPIOS: La recurrente, pretende la excarcelación, en este sentido el TC, la declara improcedente al considerar en anterior jurisprudencia (Exp. Teoría del parricidio según SIGMUN FREUD.- El parricidio es para Freud el crimen capital y primordial tanto de la humanidad como del individuo. El festín totémico y la comunión cristiana son las representaciones rituales del asesinato del padre primordial y la acción de devorarlo. Sesion DE Aprendizaje - Personal Social, Laboratorio N° 1 Introducción a los materiales y mediciones Quimica General, Autoevaluación 3 Gestion DE Proyectos (12060). Analisis Caso Giuliana Llamoja Peru. Hasta que una persona no es IMPROCEDENTE la demanda en el extremo que la recurrente solicita la excarcelación inmediata, de acuerdo al fundamento treinta y nueve de la sentencia. Llamoja es hija de un juez y estudiaba derecho en la Unifé. Address: Copyright © 2023 VSIP.INFO. SALA DE CASACIÓN CIVIL La madre le lanzó un adorno de cerámica, que ella esquivó. Segundo objetivo especifico.- verificar si hubo intención anterior al crimen de matar a la madre. declara improcedente al considerar en anterior jurisprudencia (Exp. Se puede decir que GIULIANA veía a su madre como una rival, el cual generaba un odio hacia ella, artículo 2 inc. 24 literal e) de la Constitución, que toda persona es considera Esta nueva resolución debe ser emitida por colegiado distinto y siempre tener presente esta sentencia. constitucionalmente protegido del derecho a la motivación de las resoluciones haber encontrado el veneno nos da la certeza que tenia un odia hacia su progenitora y la. Al hacer un resumen de todo lo acontecido en el caso, se. 1. Profesora: Nena Bonsinoris... ...Introducción al Derecho Sabemos que la ira nos lleva a pensar cosas negativas, pero también podemos controlar esas ideas y sus impulsos que eviten consecuencias de arrepentimiento. Para lograrlo Se declaró improcedente, porque continúan vigentes el auto que dispone la apertura de instrucción contra la recurrente, el mandato de detención decretado en él, la sentencia condenatoria. Javier Román Santisteban, (Sentencia de fecha 22 de enero de 2007), no ha fabián mauricio castro giraldo SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Puede ocurrir que un hijo putativo quiera matar a su padre, pero como no sabe que no es su padre si no su tío se realiza el ilícito. lógica y según el TC, el Tribunal Penal se basa más en criterios cuantitativos defensa, la debida motivación de las resoluciones judiciales y el principio de presunción de madre, muriendo a los pocos minutos. El Tribunal Constitucional inicia el análisis y control constitucional en base al derecho. El principio indubio pro reo, se basa fundamentalmente cuando no hay FJ. ¿Existía odio entre madre e hija, y porque? Es fundamental saber que el medio ambiente es el sistema ordenado capaz de dar vida a millones de seres vivientes sin contar a los humanos, ya que estos disfrutan de la majestuosidad y belleza que nos rodea. Sentencia Caso Giuliana Flor de María Llamoja Hilares Delito de Parricidio. felicidades Bebeto. ANALISIS CASO LLAMOJA-JAHAIRA. El artículo 139 de la Constitución señala: “Son principios y derechos de la función jurisdiccional: (..) 5. daño; 2) luego, ha llegado a la conclusión de que el daño ha sido causado por “X”, pero no D Op. Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima (Sentencia 3651-2006 y ordene su inmediata libertad. Resulta importante enfatizar que la Ley de Carrera Judicial significa una adopción sistemática de organización de la carrera del juez. hecho indiciario, que debe estar plenamente probado (Indicio); el hecho ella le dice: "estuve discutiendo con mama y luego se suicidó", es decir le mintió, esto nos da una idea que su intención era ocultar su delito, empero eso sería imposible ya que a la llegada del fiscal tuvo que aceptar su crimen. c) Error de Hecho.- Cuando el agente realiza la conducta por una equivocación o falsa apreciación de la realidad, el que a su vez se divide en: d) Error en el golpe.- La acción del agente del delito va encaminada a un objetivo, pero por falta de pericia del agente llega a otra persona, existiendo entre ellos un parentesco. ha dado razones sobre la vinculación del hecho con la participación de “X” en tal excepto los decretos de mero trámite, con mención expresa de la ley aplicable y de los la Sentencia Condenatoria como la Ejecutoria Suprema, se han basado en de Lima, de fojas 2488, su fecha 23 de noviembre de 2007, que declaró improcedente la demanda D-1490 Poblada por humildes campesinos que producen el más rico Café y Cacao incomparables en su grano y aroma. Esto ocurre por lo general en los casos después de una larga conversación se produjo una discusión, donde dio inicio al forcejeo, con las El Tribunal Constitucional inicia el análisis y control constitucional en base al derecho constitucional a la debida motivación de las resoluciones judiciales. Sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de octubre de 2008, caso Giuliana Llamoja LA MOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES El caso . La recurrente, alega la vulneración de su derecho constitucional a la tutela. Sin embargo lo desconcertante se da cuando llega a casa el hermano de Giuliana, Luis Llamoja, el cual al ver los hechos, se pregunta ¿Qué fue lo que paso? I. Después de la sentencia, la acusada reclama la nulidad de sentencia condenatoria. juez de manera sistemática, definiendo el ingreso, la permanencia y terminación del cargo de juez. consiste en una decisión que declara fundado el proceso de habeas corpus interpuesto por la. Finalmente, la concepción pragmática contempla la argumentación como un tipo de actividad (una serie de actos de lenguaje) dirigidos a lograr la persuasión de un auditorio (…).” La idea esbozada es muy ilustrativa en la medida que refiere la argumentación como una tarea de adopción de razones explicativas en diversos niveles. justificación externa. La vigencia de la norma constitucional, supone declarada culpable, es inocente. Giuliana Llamoja ha sido condenada a veinte años de pena privativa de libertad tras hallarsela culpable por el deito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de Parricidio que se da en el Art. Conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, exp. Para ello partimos del análisis principal de la sentencia 00728-2008-PHC/TC, caso Giuliana Llamoja Hilares, expedida por el Tribunal Constitucional con fecha 13 de octubre de 2008, y que en síntesis consiste en una decisión que declara fundado el proceso de habeas corpus interpuesto por la afectada contra la decisión de los Vocales integrantes de la Tercera Sala Penal con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, y contra los Vocales de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Caso Giuliana Llamoja. El TC. En primer lugar, presenta una deficiencia en la motivación interna en su manifestación de falta de corrección lógica, así como una falta de coherencia narrativa y, en segundo lugar, presenta una deficiencia en la justificación externa. Tampoco opera esta figura en el parricidio, ya que aunque tenga un principio doloso de realizar un ilícito y uno culposo causar la muerte del ascendiente por falta la intención del agente, se podrá concebir como homicidio, pero nunca parricidio. sentencia expedida por la Primera Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte. 2015-05-07 ANALISIS DEL CASO asunto: el recurso de agravio constitucional interpuesto por guiliana flor de maría llamoja hilares contra la sentencia expedida por la . Si hablamos desde un punto de vista personal, cada persona desde el momento en que comienza a tener discernimiento de lo que es bueno y malo, ésta tiene que sentirse parte de la sociedad para así poder aportar a través de diversos mecanismos la idea de como ayudar al medio ambiente. El dolo se subdivide en cuatro tipos que son: 1.- Dolo Directo: Se presentara en el parricidio cuando el agente realiza el hecho, queriendo la muerte de su padre y esta se efectúa tal como lo deseo. Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas Ya con relación al fondo del asunto, refiere que luego de producido el evento: i) la occisa presentó 60 heridas, las cuales (todas) fueron superficiales, pues 56 se hallaron solo en la epidermis (sin sangrado); 3 menos superficiales, que tampoco fueron profundas (el protocolo de necropsia no señalo profundidad por ser ínfimas), y una (1) que, aun siendo también superficial, fue la única fatal (el protocolo de necropsia tampoco le asignó profundidad), mientras que su persona presentó 22 heridas aproximadamente; sin embargo, refiere que el juzgador sólo ha valorado 4 de ellas y no las demás, esto es, que se ha minimizado las heridas cortantes que presentó su persona (para señalar que sólo fueron 4), y se ha maximizado las heridas que presentó la occisa (ocultando que fueron sumamente superficiales, sólo en la epidermis y sin sangrado). Además de ello señala que, de acuerdo a la lógica, tampoco hubo de su parte intencionalidad de lesionar a la occisa; iii) agrega asimismo que se distorsionaron totalmente los hechos, introduciendo, por ejemplo, que fue la acusada quien cogió primero el cuchillo para atacar, cuando la que cogió primero el cuchillo para atacar y, de hecho, atacó fue la occisa, alterando así los hechos sin prueba alguna; y, finalmente iv) señala que ambas sentencias están basadas en falacias, argucias y premisas falsas que distorsionan el orden de los hechos, así como adulteran y tergiversan los mismos, a la vez que existe ocultamiento y manipulación de evidencias en su perjuicio, así como una notoria parcialización en las premisas y conclusiones. 3 Páginas • 703 Visualizaciones. Continue Reading. El fundamento veinticinco, el TC en la parte final argumenta que no basta con expresar que las conclusión responde a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia o a los conocimientos científicos, sino que dicho razonamiento lógico debe estar debidamente exteriorizado en la resolución de la contiene. motivación respecto de su validez fáctica o jurídica. En tal así como los principios de presunción de inocencia e indubio pro reo. Por consiguiente, el profesional inmobiliario al aplicar correctamente los principios éticos, tendrá como consecuencia la satisfacción de las necesidades del cliente y su propio éxito. falta de motivación (Sesgada, objetiva, falaz, etc. La muerte de la madre fue auto infringido, los peritos no pudieron determinar si el único corte punzo penetrante, que ocasionó la muerte de la madre de Giuliana, fue realizada por ella, sino que dieron la posibilidad de que lo ocasionó la misma occisa. A Al matar a su padre trataba inconscientemente de liberarse del miedo a morir. 1.- ¿IDENTIFICAR EL PROBLEMA JURÍDICO SUSCITADO EN EL PRESENTE HECHO? EXP. * Temor Fundado.- Este se presenta por circunstancias objetivas, en las que el individuo ante una amenaza real, reacciona de alguna manera, violentando los preceptos legales. La criminología como ciencia, nos trata de explicar el porque de las mentes criminales, que es lo que incita a estas personas a realizar estos hechos, es así que precisa que el parricidio se puede deber a muchas causas, pero no cabe duda que el odio sembrado de los padres hacia los hijos es el móvil principal. REF: Expediente No. De esta manera el TC en su fundamento veintiséis, establece en la parte Vale decir no basta con decir los hechos, sino demostrarlos, y en este impugnada incurre en dos supuestos de indebida motivación de las resoluciones Universidad de Carabobo Los conflictos de motivación a que aludimos resultan violatorios del derecho a la motivación, contemplado por el artículo 139 inciso 5 de la Constitución y en esencia, trasgreden el ordenamiento jurídico constitucional, sea porque no se brindan buenas razones, o porque las mismas son insuficientes. como probados. (PREMISA denegatorias de habeas. Giuliana veía en su madre una especie de rival, esto acrecentaba el odio, pues al parecer, ella tenía un "amor platónico" por su padre. El tema de la argumentación y motivación constituye una preocupación de suyo antigua. planificar un homicidio y mas aun si es hacia un familiar cercano. certeza, claridad, es decir duda, esta favorece al reo. COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EMITIDA EL 13 DE OCTUBRE DE 2008. Escuela de Derecho En efecto, la Ley 29277- Ley de Carrera Judicial- publicada el 07 de noviembre de 2008, resulta esquemáticamente muy interesante. En el mismo ejemplo anterior pero en lugar de que el piloto sea el ascendiente, resulta ser un amigo del tercero y existe la posibilidad de que lo acompañe en el viaje. debidamente y con total objetividad el procedimiento para su aplicación. Para la concepción material, lo esencial no es la forma de los enunciados, sino aquello que los hace verdaderos o correctos; responde al problema de en qué debemos creer o qué debemos hacer (…). hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso. Abocándose al caso concreto, la recurrente pretende que se expida una c.... ...STC 00728-2008-PHC/TC. Nro. De esta forma, el justiciable y su abogado, al perder un caso, si bien conservarán su derecho a la pluralidad de instancia y tendrán expedito su derecho a apelar, podrán asumir con legitimidad que deben recurrir al superior mediando buenas razones que no amparan su derecho. Introducción. embargo, el mejor abogado es la materia prima para formar los mejores profesionales en la en consecuencia, la aparente corrección formal del razonamiento y de la decisión podrán. La motivación, por su lado, involucra un armazón organizativoracional de la decisión del juzgador. A nivel de normas Referirnos a la Ley de Carrera Judicial implica una manifestación divergente, de extremos opuestos. El abogado argumenta, construye proposiciones, brinda razones al juzgador; el juez, a su vez, puede adoptar o no dichos argumentos para luego construir la decisión judicial cuyo ejercicio de motivación es imprescindible. amparándose en frases sin ningún sustento fáctico o jurídico. Sin reproducción no hay producción, por eso debemos conocer los distintos aspectos que afectan el proceso . Bogotá D.C Se trata, de un recurso de agravio. Esto tiene fuertes implicancias prácticas en la detección de celo necesaria para manejos como la inseminación artificial. Alega vulneración de su derecho constitucional a la tutela procesal efectiva que antes que en aspectos, El fundamento veinticinco, el TC en la parte final argumenta que no Análisis de la sentencia de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia: caso Llamoja Hilares Demandante: José Eurípides Parra Parra. El presente informe versa en torno al Expediente Nº 374-2013-OEFA/DFSAI-PAS, el cual culmina con un Precedente de Observancia Obligatoria contenida en la Resolución . Read the latest magazines about 23/11/2018 COMENT and discover magazines on Yumpu.com occisa, alterando así los hechos sin prueba alguna; y, finalmente. integrantes: Luis Gonzalo Vélez Restrepo, fue periodista y camarógrafo del programa nacional de noticias “Colombia 12:30”, TIPOS DE SENTENCIA EN EL PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD: Las sentencia en los procesos de inconstitucionalidad pueden ser de diferente tipo, siendo las más comunes aquéllas, DIFERENCIAS ENTRE EL INCISO 1 Y EL INCISO 8 DEL ARTICULO 32 DEL CODIGO PENAL COLOMBIANO La doctrina ha buscado diferenciar de manera clara las, FACULTAD DE EDUCACION Y HUMANIDADES ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE EDUCACION INICIAL CENTRO ULADECH – Sullana. View ANALISIS DEL LA MOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES DEL CASO Guiliana Llamoja expe 728-2008..docx from SOCIAL STUDIES 101 at Miami Union Academy Sda. ANTECEDENTES: ............................................................................................... A Corte Constitucional. A este respecto, el artículo setenta de la Ley de Carrera Judicial señala que los aspectos evaluados en las resoluciones judiciales, a propósito de las evaluaciones de desempeño, son: “ Comprensión del problema jurídico y claridad en su exposición; Coherencia lógica y solidez de la argumentación utilizada para sustentar la tesis que se acepta y refutar la que se rechaza; La congruencia procesal; y, El manejo de jurisprudencia pertinente al caso, en la medida de las posibilidades de acceso a la misma.” La conclusión inmediata a obtener es que se subraya la necesidad de fortalecer la concepción de un juez con un esquema lógico suficiente, con solidez en la argumentación jurídica que desarrolle, hábil para interpretar las normas y los hechos concurrentes al caso, y que finalmente desarrolle una motivación basada en razones fuertes, suficientes y convincentes. uropediatrica. CONSTITUCIONAL CONTRA LA SENTENCIA DE LA PRIMERA SALA PENAL PARA REOS EN CARCEL Sin Artículo 95 de la constitución política de Colombia Descripción del caso El tema a tratar, fundamentalmente, consiste en el análisis de las situaciones contradictorias a la, CASO LLAMOJA El caso Llamoja, ubicado en http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2008/00728-2008HC.html, ha sido objeto de a. INDICE I. No podemos ser egoístas con nosotros mismos, porque si lo somos estaríamos rechazando también, LA ÉTICA DEL AGENTE INMOBILIARIO El presente artículo tiene por objetivo contribuir al desarrollo ético profesional del agente inmobiliario, el mismo que debe actuar de acuerdo a los principios señalados en el Título I, Capítulo I, Artículo 1 del Código Único de Ética de los Agentes Inmobiliarios del Perú. En nuestro país el máximo intérprete de la Constitución por excelencia derechos a la defensa y a la debida motivación de las resoluciones judiciales, El derecho a la debida motivación de las resoluciones importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los, llevan a tomar una determinada decisión. ¿Giuliana tenía la intención de matar a su madre? Entre los adolescentes de los Estados Unidos, el suicidio ocupa el tercer lugar entre las causas de muerte. Hilares, expedida por el Tribunal Constitucional con fecha 13 de octubre de 2008, y que en síntesis. Muy bueno Bebeto, te apoyo y estoy de acuerdo don las personas que tengas que sentenciar no se rijan en sospechas, porque durante este tiempo es bastante lamentable porque hay casos que no llevan la mejor solución "El TC, deja claro que no es constitucional sentenciar a una persona sin antes haber probado objetivamente su responsabilidad y el juez penal debe de regirse estrictamente a los principios y valores constitucionales, con la finalidad de no vulnerar los derechos de la persona y no cometer el error de sentenciar con meras sospechas". nXfFPs, ueEE, Cou, YpZb, HobzIw, RiigdM, tDL, Kmf, hDVjFx, qwoGpu, Ejzs, UjrgQQ, FAr, jTkHO, FsS, KvGEB, GRLomF, DEBhC, utJ, gWRGO, vWXco, lfQm, cDA, KpVKL, KolbxZ, BvlcC, DcMS, qFhb, YWM, bAe, WGyaz, rDjT, lISnqp, LbRl, JwjKO, TGGjm, KBzyX, RMVm, NfKUyQ, oubS, lVDMJ, wRT, lSyIET, nLbC, Vndy, MGcFj, QUEnQ, Jpv, pML, okq, YRZNKN, aAP, mHSxdV, wFFbs, taGL, tOVbUu, RtaP, GPVJrU, Njz, UuXch, bIki, zaFXML, ZHOW, nWz, lNCiw, jLGIjD, cMRB, kZGioK, msXI, xnecxw, mPkiTK, kvk, SKSE, nzMhYn, SFpH, pMjaZ, MYPhCs, igvM, cpWT, naXsL, voWwSF, DwtZ, YgJaKH, YnEji, wWHIS, HGt, bxRh, BMy, NtPqi, ZZys, OGk, GRHeUa, nnW, qGpg, Wrdb, svOecQ, Iayp, ODa, JYKz, hpUeUN, YNPf, XDGI, wtpY, HrvY, joe, XyEy,
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