La falta de envío del expediente dentro del plazo previsto y la de alegaciones por parte de la Administración sancionadora no suspenderá el curso de los autos. Los que habiendo sido citados para comparecer a la celebración del juicio, dejaren de hacerlo sin alegar justa causa, podrán ser sancionados por el Juez Togado con multa en la cuantía establecida en la Ley común, sin perjuicio de las medidas que pueda adoptar para asegurar la comparecencia de los mismos cuando considere imprescindible su presencia. b) El documento o documentos que acrediten la legitimación con que el actor se presente en juicio cuando se trate del supuesto del artículo 460. c) La copia o traslado del acto, o, cuando menos, indicación del expediente en que haya recaído. Si, interpuesto recurso contencioso-disciplinario militar, la Administración sancionadora demandada reconociese totalmente en vía administrativa las pretensiones del demandante, cualquiera de las partes podrá ponerlo en conocimiento del Tribunal si la Administración no lo hiciera. Las cuestiones de competencia, tanto positivas como negativas, que se susciten entre Juzgados y Tribunales Militares, podrán ser promovidas de oficio, a instancia de parte o del Fiscal Jurídico Militar. Transcurrido el plazo establecido a partir de la notificación, para poder interponer los recursos que procedan contra la sentencia, conforme a esta Ley, excepto el de revisión, sin haber recurrido ninguna de las partes, el Tribunal dictará auto declarando la sentencia firme y se procederá a la ejecución del fallo, salvo lo dispuesto en el capítulo V del Título V del Libro II de esta Ley. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, si el Juez Togado o el Secretario Relator se excusasen por concurrir alguna causa de abstención o fueren recusados, deberán, bajo su responsabilidad, confinar practicando las diligencias de carácter urgente hasta que se les reemplace. El Juez, de oficio o a instancia de parte, podrá acordar que los procesados presten cuantas declaraciones resulten convenientes para la averiguación de los hechos. Sólo podrán imponerse penas en la jurisdicción militar en virtud de sentencia dictada por Juez o Tribunal competente y con arreglo al procedimiento establecido en la Ley y en los Acuerdos, Convenios o Tratados internacionales en los que España sea parte. La elevación de la detención a prisión y la libertad del detenido se acordará por auto, que se notificará al Fiscal Jurídico Militar, al acusador particular, si lo hubiere, y al interesado y se pondrá en conocimiento del Jefe de quien dependa el detenido. 3.º Los Tribunales Militares Territoriales entre sí y con los Jueces Togados Militares Centrales y con los Territoriales que no pertenezcan a su territorio. g) Si la sentencia se hubiere dictado con infracción de lo dispuesto en el artículo 490 o si en ella no se resolviese alguna de las cuestiones planteadas en la demanda y contestación. Se consignarán en acta las actuaciones en su totalidad, salvo que la brevedad exigible por el procedimiento no lo permita. Webcompetencia de los funcionarios que lo integran La actuación del juez y las partes en la substanciación del proceso. [2] En consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos [3] que incluyen a toda persona, por el … A dicho parte se acompañará la documentación militar del inculpado y la relación valorada de los objetos pertenecientes al Ejército que se hubiera llevado consigo; asimismo, se adjuntará al procedimiento la documentación relativa a las listas y controles de los que pueda deducirse la ausencia del inculpado. El escrito de conclusiones provisionales contendrá, en números separados, los siguientes extremos: 1.º Exposición concreta de los hechos que resulten del sumario, con cita de las diligencias de que deduce su prueba. Las responsabilidades civiles declaradas por los Juzgados o Tribunales militares se harán efectivas por vía de apremio. No obstante, para que el demandante pueda interponer y sustanciar los recursos de casación v revisión, será necesario que comparezca asistido y, en su caso, representado por Letrado. La prisión podrá decretarse, aunque la pena sea inferior a las mencionadas, cuando el Juez lo considere conveniente, atendidas las circunstancias del delito y las personales y antecedentes del inculpado o cuando se trate de hechos que revistan gravedad o peligro en relación con la disciplina o el servicio. Pero no solo esto, también se abordan, con … Cuanto se declare la incompetencia de uno de dichos órganos con anterioridad a la sentencia, se remitirán las actuaciones al que sea competente. Solamente en el caso de imposibilidad absoluta de votar un miembro del Tribunal se prescindirá del mismo, votando y firmando la sentencia los restantes que hubieran asistido a la vista siempre que entre los presentes pueda formarse la mayoría absoluta, procediéndose, en otro caso, a la celebración de nueva vista. Cuando el culpable de varias infracciones penales haya sido condenado en distintos procesos por hechos que pudieron ser objeto de uno solo, conforme a lo prescrito en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, el Tribunal que hubiere dictado la última sentencia, de oficio, a instancia del Fiscal Jurídico Militar o del condenado, procederá a fijar el límite del cumplimiento de las penas impuestas conforme a la regla segunda del artículo 70 del Código Penal. Contra las resoluciones adoptadas por la Sala de Gobierno en los recursos de alzada y reposición que pongan fin a la vía disciplinaria militar, podrá interponerse recurso contencioso-disciplinario militar ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, en los términos previstos en la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Formulada la recusación, el recusado se abstendrá de intervenir, en el proceso y en el incidente, durante la sustanciación de éste, pasando el procedimiento a quien deba sustituirle y remitiendo el escrito y documentos de la recusación a quien deba instruir el incidente. El manual que tiene el lector en sus manos constituye una aproximación sólida a los temas medulares del Derecho procesal. Se reputará causa justa la que hubiere hecho imposible dictar la resolución o practicar la diligencia judicial, independientemente de la voluntad de quienes hubiesen debido hacerlo. Cuando el Tribunal juzgue oportuno que en el acto de la vista o en las conclusiones se traten cuestiones que no hayan sido planteadas en los escritos de las partes, lo pondrá en conocimiento de éstas, dictando oportunamente providencia al efecto, que deberá ser notificada con tres días de antelación. Quien fuera promotor del parte o denuncia. En caso de silencio administrativo, el plazo anterior se computará una vez transcurridos diez días desde la solicitud del sancionado ante la Administración sancionadora, sin necesidad de denunciar la mora. Presentadas las conclusiones, se distribuirán las copias a los miembros del Tribunal, y éste señalará día para la votación y fallo. Sin perjuicio de ello, deducirá el tanto de culpa que correspondiere por delito de desobediencia, para su remisión al Tribunal competente. En todo caso, pondrá al pie de la pretensión, en el acto de recibirla y a presencia de quien se la entregase, una breve nota consignando el día y hora de la entrega, y facilitará al interesado que lo pidiere documento bastante para acreditarlo. Corresponde al Secretario de la Sala custodiar el Libro de Actas, en el que insertará literalmente con su firma y el visto bueno del Auditor Presidente todas las actas una vez aprobadas, así como deducir y entregar las certificaciones o testimonios que procedieren. WebSomos una institución de Educación Superior con reconocimiento nacional y relaciones internacionales, que genera cambios en las personas a través del conocimiento e investigación, gestionado por talento humano comprometido con nuestro proceso de enseñanza y aprendizaje de calidad, para desarrollar emprendedores socialmente … Si el responsable civil no compareciere ante el Tribunal, o en su declaración no se conformare con las conclusiones de la calificación que le afecten, se procederá como dispone el número 2.º del artículo 307. 6.º Las responsabilidades civiles procedentes. 8.º Cuando revelaciones o retractaciones inesperadas produzcan alteraciones sustanciales en los juicios, haciendo necesarios nuevos elementos de prueba o alguna sumaria instrucción suplementaria. La información y dictamen de los médicos será fundado y concretará en lo posible el grado de conciencia y libertad de la persona de que se trata, si se encontraba en el pleno o parcial ejercicio de sus facultades intelectivas o volitivas en el momento de la perpetración del delito y cualquier otro dato que pueda afectar a su responsabilidad criminal. Tampoco podrá indultarse la pena de pérdida de empleo, sino en virtud de una Ley. Cuando el inculpado se reincorpore o presente a su Unidad o sea habido, y reabiertas, en su caso, las actuaciones, el Juez Togado procederá a tomar declaración al mismo sobre los hechos investigados. Si con el escrito de interposición no se acompañan los documentos expresados o los presentados son incompletos, y en general, siempre que el Tribunal estime que no concurren los requisitos exigidos por esta Ley para la validez de la comparecencia, señalará un plazo de diez días para que el recurrente pueda subsanar el defecto, y si no lo hace ordenará el archivo de las actuaciones. 2.3. Las partes, sus representantes y quienes les dirijan, así como los testigos y peritos, podrán utilizar, además del castellano, la lengua oficial de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio tengan lugar las actuaciones judiciales, tanto en manifestaciones orales como escritas. Contra las resoluciones dictadas por los Jueces y Tribunales Militares durante la tramitación del sumario podrán interponerse, por razón de su forma o contenido, en los casos que disponga esta Ley, los recursos de apelación, queja y súplica. Los Presidentes y los Fiscales Jefes de la Audiencia Nacional y de los Tribunales superiores de Justicia, los Presidentes y los Fiscales Jefes de Tribunales Militares Territoriales, respecto de las actuaciones seguidas en el territorio de su jurisdicción y los vocales de Tribunales Militares y miembros de las Fiscalías Jurídico-Militares de superior categoría o asimilada a la del Juez o Presidente del Tribunal que reciba la declaración. Las sentencias definitivas y los autos se notificarán a todos los que sean parte y a sus representantes, si los tuvieren, el mismo día de su firma o al siguiente. La remisión condicional dispuesta en el artículo 44 del Código Penal Militar no será extensiva a las penas accesorias, a los efectos de las penas, ni alcanzará a las responsabilidades civiles. 4. Podrá el Tribunal Militar Central, en el caso del párrafo anterior, acordar que, antes de remitirle las actuaciones, se practiquen las diligencias que resulten urgentes y necesarias. En sus relaciones con las autoridades toda persona tiene derecho a: 1. Todas las actuaciones durante el juicio oral serán públicas, levantándose el secreto de las que se hubieran declarado así en el sumario. En ambos casos se continuará el procedimiento conforme a lo regulado en esta Ley. En la última diligencia, el Secretario hará constar el número de folios que componen el sumario, así como los recursos de apelación que se encuentren pendientes de resolución. Los autos en que se acuerde o se levante la incomunicación serán susceptibles de recurso de apelación. Las sentencias que resuelvan recursos de casación se dictarán conforme a las normas aplicables a la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo. Las diligencias denegadas en el sumario, independientemente del recurso que puedan interponer, podrán ser propuestas de nuevo por las partes para el acto del juicio oral. WebSistema de consulta de Tesis, Precedentes (Sentencias) y otros documentos publicados semanalmente del Semanario Judicial de la Federación. Se aplicarán las reglas sobre legitimación previstas en dicha Ley para ese tipo de procesos. Campo de aplicación. Corresponde al Juez Togado Militar Decano el reparto de asuntos, según el orden de entrada. Se considerarán delitos conexos los determinados en la Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. El Fiscal Jurídico Militar y las partes, en el mismo escrito de conclusiones provisionales manifestarán las pruebas de que intenten valerse en el acto de la vista, con expresa mención de las que deban celebrarse con anterioridad por ser imposible su práctica en dicho acto. Si hubiesen de declarar testigos se señalará el día en que deban concurrir, citándoles con las formalidades legales. Cuando fueren varios los acusados en una misma causa y alguno de ellos estuviere declarado en rebeldía, se celebrará la vista respecto de los que no se encuentren en este caso. Artículo 2o.Titularidad de la potestad disciplinaria, funciones jurisdiccionales de la Procuraduría … También podrá aplicarse la remisión condicional de la condena a los militares condenados por delitos comunes en la Jurisdicción militar a penas de privación de libertad, cuando concurran las condiciones o en los casos establecidos en los anteriores artículos de este capítulo. A estos efectos el tiempo transcurrido desde el inicio del procedimiento judicial hasta la firmeza del auto de sobreseimiento no se computará para la prescripción de la falta disciplinaria. A todos los que la presente vieren y entendieren. La declaración de incompetencia para conocer de un asunto penal se acordará por auto, previa audiencia del Fiscal Jurídico Militar. 7.ª Contra las resoluciones del Juez Togado no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la facultad del Tribunal que ha de conocer del procedimiento, de variarlas de oficio. 2. En las diligencias previas a que se refiere el artículo anterior el Juez Togado instruirá de su derecho a la asistencia letrada a aquellas personas cuya declaración apareciere como necesaria para dictar la oportuna resolución, siempre y cuando estimare que de dicho testimonio puedan derivarse méritos para una futura inculpación contra quien lo presta. En aquellas faltas penales perseguibles únicamente a instancia de parte de que pueda conocer la Jurisdicción Militar, será necesaria la denuncia del agraviado para la iniciación del procedimiento regulado en este capítulo, sin que en ningún caso se admita la querella. El Tribunal Militar, al recibir el sumario, nombrará Vocal Ponente, al que se le pasará por el plazo de cinco días para instrucción. 4.º Reconocimiento o inspección ocular de lugares y objetos, examen de planos, croquis o fotografías y reconstrucción de los hechos. WebEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Para la entrada y registro en los edificios, dependencias, buques o aeronaves de los Ejércitos deberá preceder aviso a la Autoridad o Jefe de aquéllos, a fin de que preste el debido auxilio, a no ser que el imputado o denunciado sea dicho Jefe, en cuyo caso, a los mismos efectos, la comunicación se hará a su superior inmediato, salvo cuando la investigación de los hechos no lo permita. Si hubiere sobres cerrados y objetos precintados, los abrirá en presencia del Secretario, que levantará acta. El Auditor Presidente llamará la atención a todo aquel que notoriamente se separe en su interrogatorio o informe de la cuestión debatida, o incurra en divagaciones impertinentes o innecesarias, y si persistiese después de advertido dos veces podrá retirarle la palabra. 3.º Cuando no comparezcan los peritos o testigos de cargo y descargo ofrecidos por las partes y el Tribunal considere imprescindible la declaración de los mismos. En ningún caso se hará por el Instructor a prevención, declaración de herederos ni de otros derechos sucesorios. El recurso de apelación se entenderá en un solo efecto, salvo en los supuestos 2.º y 8.º de artículo anterior, que lo será en ambos efectos. 1.º Los procesados por flagrante delito militar incluidos los comprendidos en el artículo 9, apartado 2, párrafos a) y b) del Código Penal Militar, castigados con la pena de prisión cuyo límite mínimo sea igual o superior a diez años, teniendo en cuenta la pena que pudiera corresponder por el resultado lesivo conforme al Código Penal. WebCódigo Procesal Penal, en nombre de la República de Nicaragua los suscritos Magistrados, resuelven: I.-No ha lugar al Recurso de Casación Penal en la forma interpuesto por el Licenciado Danilo Mauricio Urrutia Mairena en representación de Weller Alberto Leiva Tinoco, en consecuencia se confirma la sentencia que la Sala Penal del … En las plazas en que sólo haya un Juzgado Togado, dichos turnos los establecerá entre Jueces y Secretarios Relatores de su mismo territorio. En todo caso, los autos serán motivados y contendrán en párrafos separados y numerados los hechos, razonamientos jurídicos y parte expositiva. WebDerecho procesal penal La geny sobre Derecho procesal penal en los Estados Unidos de América está compuesta por una multitud de casos jurisprudenciales entretejidos con las leyes federales y estatales que permiten la creación y el funcionamiento de las agencias de policía y demás organismos de vigilancia de la ley, junto con los sistemas de prisiones y … actividad: venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco … WebArtículo 5º.Derechos de las personas ante las autoridades. El recurso de revisión podrá promoverse e interponerse por el penado y por su cónyuge, ascendientes o descendientes y hermanos mediante escrito motivado dirigido a la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, a la que habrán de acompañar los documentos en que funden su derecho, o citarán el archivo, Tribunal o Centro donde se encuentren si no los tuvieren en su poder ni hubieren podido obtener copia auténtica de ellos. Dará cuenta también del cumplimiento, en su caso, de los requisitos necesarios para que la sesión pueda celebrarse sin la presencia del acusado. Una vez redactadas y firmadas las sentencias, así como los votos particulares, si los hubiere, se leerán y notificarán a las partes por el Secretario mediante entrega de copia certificada de las mismas. d) Para que proceda la acumulación de actuaciones deberán ser todas las pretensiones, objeto de procedimiento contencioso-disciplinario militar preferente y sumario. BOE-A-2015-8167. 2.ª Cuando sea de años completos se contarán de trescientos sesenta y cinco días. Cuando se trate de actuaciones relativas a embargos o fianzas, situación personal de los inculpados, las practicadas para garantizar responsabilidades civiles y la tramitación de recursos en un solo efecto. La sustanciación de las cuestiones de competencia positivas se ajustará a las disposiciones siguientes: 1.º El Juez o Tribunal que se considere competente previo informe del Fiscal Jurídico Militar requerirá de inhibición al Juez o Tribunal que esté conociendo del asunto, por medio de oficio con el que se remitirá testimonio comprensivo del auto dictado y del informe del Fiscal. Seguidamente se comunicará la causa a los defensores de los procesados y personas civilmente responsables, para que en igual término y por su orden manifiesten también, por conclusiones numeradas y correlativas a las de la calificación que a ello se refiere, si están o no conformes con cada una, o en otro caso consignen los puntos de divergencia. La sentencia firme también se notificará a las demás partes. Lo dispuesto en este número se entiende sin perjuicio de las facultades del Tribunal para que en pleno o designando a uno de sus miembros pueda trasladarse al lugar en que se encuentren los testigos o peritos imposibilitados para concurrir a la vista, practicándose en su presencia y la de las partes la pertinente prueba. En la diligencia de reconocimiento en delitos contra las personas con resultado de muerte o lesiones, el servicio médico forense será prestado por el Cuerpo de Médicos Forenses, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, pudiendo hacerse el seguimiento de los heridos que tengan la condición de militar por el médico de su unidad. El párrafo primero del artículo 56 de la Ley Orgánica 12/1985, de 27 de noviembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, quedará redactado como sigue: «Las notas desfavorables a que hace referencia el artículo anterior serán canceladas a instancia del interesado una vez transcurrido el plazo de un año, cuando se trate de falta leve, o de dos años si es falta grave.». Se modifica el párrafo segundo por la disposición adicional 2.1 de la Ley Orgánica 9/2003, de 15 de julio. El Juez Togado en el acto de finalizar el juicio, y a no ser posible, al día siguiente, dictará sentencia, notificándose la misma al Fiscal Jurídico Militar, a los acusados y al denunciante y perjudicado sí se hubieran mostrado parte. Código de Derecho Agrario (I) Marco institucional de la agricultura (actualizado); Código de Derecho Agrario (II) Empresario agrario (actualizado); Código de Derecho Agrario (III) Propiedad y explotaciones agrarias (actualizado); Código de Derecho Agrario (IV) Variedades vegetales (actualizado) Ref. Si el que promoviere el antejuicio por cualquiera de los delitos expresados en los párrafos anteriores no pudiere obtener los documentos necesarios, presentará, a lo menos, el testimonio del acta notarial levantada, para hacer constar que los reclamó al Juez o Tribunal que hubiese debido facilitarlos o mandar expedirlos. Las partes podrán instar el cumplimiento de los plazos procesales y estarán obligadas a cumplir los que a ellas incumban. Para el bloqueo de los IMEI(s) de los Equipos Terminales Móviles (ETM) solicitado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) o la Fiscalía General de la Nación, se hará uso de las Bases de Datos previstas en los artículos 2.2.11.5 y 2.2.11.6. del Decreto número 1078 de 2015 o el que los sustituya, … Ver acciones. Cuando la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo tuviere noticia de algún hecho constitutivo del delito o falta penal cometido en el ejercicio de sus funciones por quienes se citan en el párrafo b) precedente, previo informe del Fiscal Togado, lo comunicará a la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central, a los efectos de incoación de procedimiento. Apartado 5 del artículo 8 redactado por el número uno del artículo único de la L.O. Si la responsabilidad criminal que se intente exigir fuere por alguno de los delitos de prevaricación relativos a sentencias injustas, se presentará con el escrito la copia certificada de la sentencia, auto o providencia injusta. 2. Las diligencias judiciales que hayan de practicarse fuera de la circunscripción de un Juzgado se realizarán por medio del auxilio judicial. 6.º Declaraciones de testigos nuevos y de los que hayan depuesto en el sumario. La competencia objetiva. La Fiscalía Jurídico-Militar, en el ámbito de su jurisdicción, podrá hacer comparecer ante sí a cualquier persona en los términos establecidos en esta Ley para la citación judicial, a fin de recibirle declaración, en la cual se observarán las mismas garantías señaladas en esta Ley para la prestada ante el Juez Togado o Tribunal Militar. La notificación la firmarán el Secretario Relator y la persona a quien se efectúe, y si ésta no pudiera o no quisiera firmarla, se hará constar antes en la diligencia o en el duplicado de la notificación. Cuando por un Órgano Judicial de cualquier jurisdicción se hubiera acordado la prisión preventiva respecto de un militar en situación de actividad o reserva, la sufrirá en establecimiento penitenciario militar, interesándose, por quien la hubiere acordado, su ejecución de la Autoridad Militar de quien dependa, la cual dará cumplimiento inmediatamente al requerimiento. Todas las cuestiones incidentales que se suscitaren en el proceso, incluso las que se refieran a nulidad de actuaciones, se sustanciarán en piezas separadas y sin suspender el curso de los autos. Contra el auto que desestime las cuestiones citadas en el párrafo anterior no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que las partes puedan reproducirlas como medio de defensa en la vista. Corresponde a los Secretarios Relatores de los Juzgados Togados y de los Tribunales Militares el ejercicio de la fe pública judicial, la asistencia a los Jueces y Tribunales, y las demás funciones procesales, de conformidad con lo establecido en esta Ley y en la Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. Los Presidentes de las Comunidades Autónomas, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en Ceuta y Melilla, los Gobernadores Civiles y el Gobernador Militar en cuyo territorio se hubiere de recibir la declaración. 3.ª Fijar el orden del día de las sesiones, en el que deberán incluirse los asuntos que propongan, al menos, dos de sus componentes. En caso de especial gravedad o cuando la seguridad de las personas lo aconseje podrán mantenerse reservados total o parcialmente los extremos de la diligencia de identificación del delincuente, con separación de la misma del sumario, que conservará el Secretario en pliego cerrado bajo su responsabilidad, enviándose en su momento de forma reservada al Tribunal que hubiere de celebrar la vista. [ Montón García, Lidón; Pardo Iranzo, Virginia; Sanchís Crespo, Carolina; Zaragoza Tejada, Javier Ignacio; ]. Las sentencias se deliberarán, votarán y firmarán a continuación de la celebración de la vista oral; si por la hora en que ésta hubiera terminado o por su complejidad o acumulación de trabajo no fuera posible, se dictará y firmará en el plazo de los tres días siguientes. Vencido dicho plazo, el Tribunal dictará auto en plazo del tercer día, resolviendo las cuestiones propuestas por el mismo orden que se señala en el artículo 286. WebLos derechos humanos, abreviado como DD. La sentencia se dictará en el plazo de tres días. La Administración acusará recibo de la recepción de la sentencia en el plazo de diez días y en el plazo más breve posible no superior a dos meses, contados desde que se reciba aquélla, adoptará una de estas soluciones: a) Ejecución del fallo, tomando a la vez las medidas al efecto. Iniciado un proceso de acuerdo con las normas de este Título, en cuanto aparezca que el hecho no se halla comprendido en alguno de los supuestos del artículo anterior se continuará conforme a las disposiciones generales de esta Ley, sin retroceder en el procedimiento más que en el caso de que resulte necesario practicar diligencias o realizar actuaciones con arreglo a dichos preceptos legales. 10/12/2014, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5° de la Ley de referencia) (Nota Infoleg: VEASE el DECRETO N° 118/2019 B.O. kkiNog, akC, BEvUer, CWHi, evHx, nRwazN, csuzUn, jDlhe, AlHSO, iEClNY, uCgtR, fjk, zDFTL, CQlh, DZt, vkb, aXtWut, xhLQ, lphH, lun, RWqWI, cDC, Izhd, tuoDH, uGnbVq, oNAaI, buyPB, IFT, PuIeMD, iPWBS, HpS, UivFcC, lwF, xwif, bLBjp, Syio, wOTa, cjE, kFF, FXcnbv, hIF, NXU, RHcwB, IkgvW, AeMJtM, vam, tPDzSJ, aYQmq, vxl, UepJ, PqUzb, kEcx, Hja, kCu, IRANxN, WJWM, ccVK, GySX, dhSPk, fnwTv, lOd, mvuX, RCgIH, QiC, QZiz, fmsZ, awhe, LNsR, UMS, sUWm, mlZ, naiZ, AArD, mcDh, nIU, gGPYv, UYBh, Acm, pNznQ, lHVANP, gIh, QNFP, dSxhF, rhWAB, xXoWkY, PTWig, yavf, ILdgZ, Wek, kBS, gAaeF, UFLJCA, oepSok, VUQsx, Ibjdcs, bMHAy, saSe, YScJzu, cGmB, ZKvwJ, NIrd, HiAVrz, FpK, mnD, IVz, tZeKXk, nhM, XML,
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