2.- El comprador, por un lado es el propietario de la vivienda, y por otro tiene un crédito que devolver al banco que está garantizado con una hipoteca sobre la vivienda de la que ya es propietario. Si defnitivamente se niega, ¿puedo realizar algún trámite por mi parte? Ya que me he puesto a contestar un comentario anterior…. Ante todo, podrías haber pedido sin más tu misma una copia de la escritura. Muchísimas gracias. Muchas gracias por sus valiosos comentarios. Don Francisco, me gustaría pudiera usted disculpar mi ignorancia en derecho y mi falta de tacto para con su articulo, pues no era mi intención molestarle ni mucho menos. Espero que entiendas que no puedo opinar sobre una escritura que no he visto, y en la que permíteme que no acabe de entender bien cómo se disuelve una comunidad y no se «advierte por escrito que las cinco partes sean en proindiviso». Y ahora, vuelvo a la carga con nuevos comentarios y dudas. Tras pedir nota simple del inmueble, aparece a nombre del Patronato de Funcionarios del Ministerio del Interior extinto en el año 1985/86. Hola Francisco té expongo mi caso para ver si me puedes aconsejar. Ahora que yo he querido realizar la inscripción en el Registro de la propiedad, el Registrador con buen criterio rechaza la inscripción de mi escritura, con el argumento de que faltan dos inscripciones previas de los cambios de nombre. Mil gracias de antemano y perdón por enrollarme tanto. Algunos vecinos ya han escriturado (sin hipoteca o con el banco de la promotora) pero la mayoría seguimos sin poder firmar por lo de la AFO. Lo razonas perfectamente, el motivo de la norma legal es que no hay que reanudar sino continuar el tracto interrumpido, y en cierta manera tiene lógica, más en la práctica hay casos como el que comentas en el que encontrar una solución resulta imposible. Sería muy recomendable, para evitar la aparición de terceros de buena fe, que esa escritura fuera aportada al proceso concursal, y que la inscribieras, pero por lo demás y si haces lo que te digo, puedes estar tranquilo. Escrituraron a sabiendas que tenian casi 600 metros que no les correspondia. Ejem: yo julio, tu agosto. Yo tengo el 25/ y ella el 75/. ¿Puede suponer un problema en el futuro? Es cierto, más no es tu problema sino el de tu padre, pues de un lado no va a poder demostrar que es el dueño, pero además el Notario informa de las escrituras a hacienda, por lo que si él no quiere pagar por las buenas, ya cobrará hacienda con recargo por las malas. Unos años después el hermano de mi padre vendió su parte. ¿Cómo debo proceder legalmente? No se ni fecha de firma ni notario. Hola, yo tengo una gran duda, mi padre tiene un terreno en el campo a medias con su hermano pero cada uno tiene su escritura y vallada su parcela etc pero no están pasada por el registro, mi padre quiere vender su parte, la pregunta es, podría registrar solo su parte para venderla a un comprador que quiere la parcela pero solo si esta registrada? Siguiendo ese orden de ideas…me pregunto qué sucedería en el supuesto planteado si el inmueble se encontrara hipotecado? – Dispone de certificado energético. Por lo que realizé ante el Juzgado un expediente de dominio para dar legalidad a los 40 metros e inscribirles correctamente en el registro de la propiedad y en el ibi, y el juzgado me lo autorizó. Muchas gracias por responder! Se puede solicitar una hipoteca (en este caso supongo que por el solar). Un par de años después, estamos en una situación económicamente mala, vamos con retraso entre dos y tres letras… según el mes. Nota: Este artículo no se aplica a aplicaciones web de Access. Los empleadores tienen la obligación de declarar en el t-registro la existencia del comité o supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. Y ahora viene la segunda dosis de locura, si bien la casa no se modificó desde entonces se me pide una modificación del volumen, pues en el Registro la planta tiene menos metros y como el propietario de a planta baja no está por la labor de llegar a un acuerdo con acta de notoriedad debo volver a la justicia para que decida de la legalidad de mi solicitud. La obligación de inscribir a este personal en T-Registro, es independiente de la obligación de registrar los contratos modales y los convenios de modalidad formativa ante la Autoridad de Trabajo. Investigando ahora un posible «expediente-notarial-para-la-reanudación-del-tracto-sucesivo» al que podría acogerse ese ‘tercero’ al que yo vendiera, leo lo siguiente en este artículo al que en el pasado en algún otro post redirigías https://tallerdederechos.com/el-expediente-notarial-para-la-reanudacion-del-tracto-sucesivo : «Junto a estos interesados según el artículo 208 Segunda. Muchas gracias, un saludo y … felices fiestas! Ella falleció hace 4 años, que es quien llevaba todo desde que murió su esposo. Pero yo estoy buscando información en otro sentido. He sido demandado x impago de pensión y debo 3500e. Cinco hermanos propietarios de tres fincas de cultivo por donación de sus padres, por quintas partes proindiviso, en escritura pública hecha diez años antes (en 1971). En ningún caso ha sido inscrito en el RP, ni antes, ni tras esa AH formalizada en 2013. En nuestro programa En Planilla abordamos el tema y explicamos paso a paso cómo informar en el t-registro al comité o supervisor en el trabajo. La gestoría la coloca el avalista que es el que me solicita la provisión. En todo caso, aún no has otorgado la escritura, por lo que te recomiendo que pidas al vendedor que rectifique catastro, así te ahorrarás las molestias de hacerlo tu o de que tenga que hacerlo el Notario, pero también puede hacerse como tu indicas. Ingrese a SOL a la opción Mi RUC y Otros Registros/T-Registro/Carga masiva y carga los archivos *.zip. El caso es que sin saber que tenían un único registro vendimos uno, pasó por Notaría y Registro y nadie nos advirtió del problema que surgió al cabo de un año cuando decidimos no pagar la contribución de los dos. Lo que te asegura la propiedad a todos los efectos no es la inscripción, sino la escritura de compraventa. Muchas gracias por su respuesta. ¿ Qué podemos hacer ante esta situación? No existe ninguna cuenta a nombre de los herederos, que por otro lado comentarte que son 14, ya que dos de mis tios han fallecido y hay hijos herederos, y algunos viven en otras provincias ¿que alternativa me recomiendas?. – se vende Muchísimas gracias. Buenos dias. Ningún problema tienes en pedir el testamento de la señora, así como el certificado de defunción y el del registro general de actos de últimas voluntades para que compruebes que es cierto lo que creo que ambos sabemos que es casi seguro. Dicha venta se produjo bajo presión ante una separación, figura una cantidad de venta pero fue de mero tramite ya que no recibí nada. En todo caso, siempre aclaro que este blog es divulgativo y no un consultorio jurídico gratuito, por lo que siempre para asuntos concretos es mejor acudir a un abogado en casos como el tuyo. El que sin ver la escritura no puede darte explicaciones soy yo, lo siento. Gracias por la aclaración. Mi padre era propietario de una casona solariega , a su muerte la heredamos 4 hijos. Mi duda es la siguiente, sé que no es obligatorio la inscripción en el registro de los cambios de titularidad pero me veo ahora que cuando mi madre vaya a hacer el cambio de titularidad de la casa nos pongan trabas, o una multa ya que pasaría de su suegro a su nombre y no sé si mi madre debe comunicar el cambio de titularidad a la Diputación (a la Hacienda pública, a pesar que el Álava el impuesto de sucesiones está exento aunque es obligatorio presentar la liquidación y la propiedad está en Ciudad Real). Entonces podría tener problemas comentados aquí sobre una segunda venta, bastante improbable supongo porque ese terreno se pierde el rastro en mi bisabuelo, y lo heredo de mi abuela, hija única que heredo todo de mi bisabuelo. Examen JNJ: Veintiún preguntas sobre derecho constitucional. Es mi ilusión, he formalizado la compra notaria (tenia el contrato de arras firmado antes de que el mostrara interés)) y estoy a la espera de inscribirla en el registro. He heredado una vivienda al 50 %, adjudicada ante notario. 2.- Dado que la finca es del comprador, cualuier acreedor suyo puede embargarla, y no hay límite en el número o cuantía de embargos, lo que sucede es que de ejecutarse la hipoteca se extinguen los embargos. No sabemos muy bien como proceder…. ¿Hay algún otro procedimiento, que no sea el de notificación, para conseguir que este señor dé su beneplácito al proceso de usucapión, como el resto de herederos? Creo (no sé lo que diría un juez) que con lo del IBI se entiende que mi abuelo era dueño de esa finca aunque no esté inscrita. Si se adjuntan en la matriz entiendo que quedará mejor subsanado todo. ¿Puedo «okuparla» y quedármela «por las bravas»? La inscripción en es el registro del lugar competente (que no provincia) según donde esté la finca. En esta división no se advierte por escrito en la escritura que estas cinco partes sean proindiviso, como hubiera sido lógico. Se declaran en esta categorÃa los estudiantes de derecho que prestan el Servicio Civil de Graduandos de acuerdo al Decreto Ley N.º 26113. En la práctica es normal, y de hecho esté ya realizado más no inscrito; el motivo es la ingente cantidad de activos traspasados y el coste que supondría los gastos registrales derivados de dicho traspaso. (y cita perfectamente a sus titulares). Buenos días. No se pretende mas que corregir un error cierto, hay linderos fijos, medición hecha por técnico competente y no procede de agregación ni hubo otra inscripción de exceso anterior. La adquisición se formalizó en escritura, pero ésta se había perdido en un incendio. el dia 28 de febrero pasado recibo una notificación del registro de la propiedad requiriéndome la autoliquidación de la plusvalia. la duda es que pasaría si no aparece la escritura. Comprendo perfectamente que muchos ciudadanos no entienden bien lo que les explico, y día a día me esfuerzo en intentar ser claro (un ejemplo es este blog) pero si hablo castellano, si pregunto si me han entendido, si les pido que pregunten lo que no entiendan, si les pregunto si están conformes ¿Qué puedo hacer?. ¿En qué clase se debe registrar una marca? Mi problema es el siguiente. Dado que desconozco si ha habido modificaciones a los estatutos, y en cualquier caso estas no han sido inscritas, entiendo que los estatutos vigentes son los inscritos. Estimado.. ya he abusado demasiado. Cada dos por tres lo llamaba por telefono para pedirle a ver si ya me lo podia escriturar y siempre me decia lo mismo, que todavia no estaba arreglado pero que mientras tanto yo estaba usando el parking. ¿Tengo que pagar yo esa deuda cuando ya habia comprado antes? Recientemente se han enterado que el vendedor ha fallecido y su hijo se ha hecho heredero y ha inmatriculado la finca. 3.- Por analogía la ley cambiaria y del cheque si contempla el caso de discrepancia entre una cifra expresada en letras y números, considerando que prevalece la letra (lo cual además me parece más lógico, dado que es más difícil -y más si es en un ordenador- confundir una que varias teclas-). Es éso cierto? Buenos días Don Francisco, muchas gracias por su pronta respuesta y por su tiempo. Acabo de leer el post del contrato de arras y opción. Lo cierto es que el protocolo notarial es secreto, pero en Catastro pueden tener una valiosa información. Al intentar hacerlo actualmente, me encuentro que la constructora que me vendió la casa se encuentra en concurso de acreedores. Buenas noches, expongo mis dudas ante una situación peculiar, una finca sale a subasta por embargo judicial, registrada a nombre del deudor ejecutado en registro de la propiedad , pero el deudor la ha vendido en documento público y el comprador no la ha registrado en el registro de la propiedad. Si esa persona ha pagado la vivienda honradamente en un contrato de compraventa, debería ser el dueño de la vivienda. Por lo que leo en su blog me da la sensación de que el registro no es obligatorio. Lamento no poder darte una respuesta, pues veo exactamente el mismo problema que tu ves, y por ahora no se cómo solucionarlo. Si te puedo indicar que hay límites importantes en lo relativo a las zonas marítimo terrestres, y que la finca puede estar afectada por alguna de las limitaciones que establece la ley de costas, pero poco más puedo añadirte, salvo que si hay un error en la descripción de la finca, habrá que corregir el error y que quizá para ello sea necesario que vayan las partes (lo que si que no puedo indicarte es quién es el causante del error). Muchas gracias por la respuesta Don Francisco. La respuesta es que si, más el problema es encontrar un comprador que confíe en la titularidad. Desde luego yo no soy un entendido en leyes, es más me considero muy torpe en ese sentido pero es evidente que al ver esos cambios de titularidad del inmueble, la estrategia de «A» es evitar que le embarguen la propiedad que yo ahora quiero adquirir. Buenos dias estimado joven Miguel, mi consulta es la siguiente: Que pasaria si me equivoque en la fecha de inicio de labores de un trabajador, le coloque un mes antes de su fecha de inicio tanto en el t-registro como en el afp net? Hacienda puede que incluso diga qué ha pasado aquí y nos salpique por todas partes? En principio el mayor riesgo que corres es que no cumpla el encargo encomendado, aunque yo se lo hubiera encargado a un profesional. A hacienda le comunicamos los notarios directamente todas las operaciones que realizamos, es una de nuestras obligaciones legales, y se realiza informáticamente. En mi caso (si no es molestia), mis padres hicieron testamento en su día de forma que al fallecer uno de ellos el otro quedara con el usufructo y yo con la propiedad (soy hijo único). Buenos días.Hace más de 4 años ,hice una extinción de condominio de dos propiedades con mi antigua parece.El se quedó con una vivienda y yo con otra.El. Es necesario para llevar al Notario y cambiar su titulariedad de dichas tierras a las herederas, sin inscribir las tierras en el registro y en el catastro (a nombre de mi padre)? Le agradecería si pudiera Ud decirme algo sobre qué puede estar pasando, si debemos estar preocupados, y qué pasos deberíamos dar para solucionarlo. Gracias por su pronta respuesta. En ese piso, en principio desocupado, ha estado viviendo una hija mientras estudiaba la carrera que terminó el verano pasado. Buenos días D. Francisco, sé que ha comentado mil veces esta cuestión… Pero yo no me la quito de la cabeza, y el consultor inmobiliario que pretende vendernos una casa, lo dice como si fuese una cuestión menor!!! Estamos en proceso de compra del piso de un portero, propiedad de toda la comunidad de vecinos. Correo electrónico. Muchísimas gracias y siento las molestias. Para no tener problemas le compré su parte en nuda propiedad, pero con el usufructo para ella, pues yo prefería dejarlo hecho y que en un futuro los herederos recibamos el dinero dividido que no tener que negociar la compra. En este sentido, la pregunta concreta es: buenas tarde, me gustaría que me intentase resolver una duda sobre un caso La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. San Antonio – Barranco, Fernando Varela Bohórquez Hola, como esta?, compre a una promotora un garage con un trastero y lo deje ya pagado, tengo un contrato privado con la promotora, el caso es que antes de escriturar ,el edificio ha sido embargado por el banco que dio dinero a la promotora para su construcción, piensa usted que este contrato tiene validez para que el banco respete el dinero que hemos dado, hay en total 19 afectados. 9. Claro que, también hay que tener en cuenta, que necesitaríamos hipotecarla, para hacer la reforma y, si se retrasa mucho el trámite en el Registro. La casilla "datos del empleador" pide los siguientes datos: Nº de teléfono. Te agradezco mucho la ayuda que me estas prestando desinteresadamente, pero junto al reto de la posesión, creo que ahora me planteas el reto de escribir mejor este post, de forma que sea más didáctico y entendible (eso si, te comento que todos los post hasta enero están ya programados, por lo que no tengo ni idea de cuando saldrán). Estimado Francisco, leo el post con interés y veo que tiene mucho tiempo de vigencia, me surge una duda: Mi padre falleció e hicimos los tramites de herencia ante notario para dividir la casa entre mi madre y los hijos, esta casa se vende poco tiempo después del fallecimiento por lo que aun no se ha realizado el cambio en el registro de la propiedad. Hola buenas tardes,estoy leyendo todo su post y me parece muy interesante,pero necesitaba hacerles una consulta y si me son tan amables me respondan con sinceridad. Los restantes herederos (todos primos) le piden que les envíe una Aceptación de Herencia (acá se otorgan en escritura pública) obviamente apostillada, para poder vender el inmueble. Me parece muy sensato que en la Notaría a la que has ido, te llamen a la calma, pues toda prisa implica riesgo de tomar decisiones que posteriormente tu mismo consideras precipitadas, y ese 1,5% (más notaría y registro) que ahora quizás ves escaso, luego puede que no te parezca tan poco (máxime cuando se vengan encima los gastos de inicio de actividad, o las reformas necesarias para acondicionar el inmueble), Por supuesto que si quieres que la obra nueva conste en el Registro (ojo que igual te lo pide un banco al que solicites financiación) no sólo tendrás que afrontar los gastos, sino también las molestias de aportar documentación y firmar una escritura (aunque desde mi perspectiva, ni son muchas molestias, ni mucha documentación), En todo caso, insisto que te ha asesorado fenomenalmente en la notaría, y que nada puedo añadir a lo que te han dicho, ni tomar decisiones por vosotros (sea como fuere os deseo mucha suerte). Esta empresa vendió a un ayuntamiento esta parcela. 2º Supone un coste superior que si comprara una finca ya registrada? Mi duda es si la inscripción es obligatoria o al menos recomendable. La inscripción es voluntaria, aunque si quieres vender la casa, no podrá inscribirse el bien a nombre del comprador, si previamente no se inscribe a nombre de los herederos que compran, y dudo mucho que haya quien quiera no inscribir su adquisición, o se fíe de quien quiere vender sin ser titular registral. Desde luego inscritos los bienes a tu nombre es que ni cabe la posibilidad de embargo por deudas de la esposa, de las sociedades o de ese señor, y por supuesto que estás en tu derecho de pedir el contrato al vendedor. El padre falleció años atrás y ahora ha fallecido la madre (únicamente tengo constancia de ello ya que investigando he encontrado la esquela). Tipo de dato Tamaño en memoria float 32 bits double 64 bits estos serían sus rangos y tamaños ordenados Booleanos [ editar] Tras la lectura del post uno entiende de forma justificada por qué, de ejecutarse la hipoteca, te puedes quedar sin casa y debiéndole dinero al banco. Un router con un sistema operativo válido contiene un archivo de configuración almacenado en la NVRAM. En mi caso un amigo esta comprando un garaje en una finca indivisible a unos herederos, dichos herederos tienen escritura de la compra del garaje por parte de su padre ,y en la que figuran el resto de compradores cada uno con un garaje diferente en m2 y ubicación, la escritura con todos los compradores no esta registrada. Sucede que del Ayuntamiento, nos pasó el IBI de 6 años y entre los impagos mas recargos mas intereses , es una cantidad muy fuerte., le decimos al Ayuntamiento que el dueño es el comprador y nos dice que necesitamos llevarle un documento acreditativo de quien es el dueño , por lo menos desde 2.006 es el comprador.El comprador reconoce que en su día lo compró. Pero en el Registro de la Propiedad, ahora, pido nota simple, y compruebo que sigue constando la calle anterior… Buenas tardes, Y para ello me solicita que le envíe la copia de la herencia de mi tío para ir remitiéndola al juzgado. Por mi parte creo que es mejor realizar la inscripción, aunque no sea obligatorio, pero él cree que no haciéndolo ahorramos. Próximamente voy a adquirir una vivienda propiedad de una señora y sus dos hijos. Un saludo. 12. Recuerdo unos señores que tuvieron la desgracia de heredar la casa de su hijo único, que se mató en un accidente de tráfico. Habría que ver la escritura, por supuesto, pero la venta es válida por el hecho de serlo, no porque conste en escritura, ni porque dicha escritura se inscriba en el Registro de la Propiedad, lo que si que no puedo garantizarte es que tu abuelo o tus bisabuelos fueran verdaderamente dueños (simplemente eso es lo que facilita la escritura y la inscripción). Falta el certificado de eficiencia energética; por si te sirve de ayuda te enlazo a mi web, donde creo que te informo un poco más de los pasos http://www.franciscorosales.es/escritura-de-compraventa-de-inmueble/. los datos: .Si la vendió a alguien y no la registró pueden embargarnos a nosotros?.¿Podemos pagar A la hora de la lectura…la finca 2 de la primera plaza de garaje no era finca 2 sino 3 y la 3 era la segunda plaza de garaje, es decir hubo un error que me pegaron en la escritura como finca 2 la finca 3 de otra plaza de garaje de la misma promoción. La acción reivindicatoria y la acción declarativa de dominio, cuál sería más segura aplicar para el caso? Deseo preguntarle: un tío soltero ha fallecido y vamos a heredar 2 casas. ¿Podría alguien regístrala que no fuese yo? 140.5º RH? Muchas gracias. El caso es que me dicen en la notaria, que es desde donde se han encargado de realizar este tramite( por cierto después de que haya pasado un año que firmamos la herencia), que el registro de la propiedad no puede inscribir la finca con los datos de la escritura porque no coinciden. Esto evitará infinidad de errores no deseados y aumentará . A FALTA de su descripción registral en la Escritura de AH consta la información que ofrece el Catastro: Certificación Catastral, donde cita un total de m2 repartidos en los siguientes elementos: 50m2 de vivienda en planta baja + 50m2 de vivienda en planta primera + 27m2 de almacén en planta segunda. En el año 2011 firmamos una escritura (complementaria de una compraventa de fincas rusticas del año 2007 (con pago aplazado). Supongo que el pensamiento de mis padres en aquel momento fue que no era necesario porque: Efectivamente Antonio, pero la escritura está ya firmada, simplemente hay que subsanarla entiendo yo. ¿Cómo podría tener acceso al registro? Ante todo tranquilidad, tiene el derecho a promover una tercería de dominio si embargan el bien; simplemente se trata de una cuestión de equilibrio entre el riesgo de embargo del vendedor y del comprador. Poseo la correspondiente escritura, he pagado los impuestos de transmisiones, el IBI también, y el catastro me ha informado que soy el nuevo titular. Dentro del trámite de registro de marca es común encontrarnos con partes del formato que no quedan muy claras, una de las que más confusión generan es la relacionada con los elementos sobre los cuales no se requiere protección. Ahora, revisando los papeles veo que la nueva escritura que le dio el notario, no está pasada por el registro. pero no tiene nota simple porque existen problemas con los promotores y los que construyeron las casas. Me he sentido como pagando el diezmo a un señor feudal, es decir este impuesto me parece arbitrario y duplicado, teniendo en cuenta que tanto el vendedor como yo, hemos pagado a Hacienda por el dinero que usamos para comprar este inmueble, etc. Espero que entiendas que me resulta imposible saber que ha sucedido, quizás mejor que consultes como dices a un abogado y que te den las explicaciones oportunas. No puedo ver los comentarios anteriores, pero sin inscribir el título anterior es imposible inscribir el tuyo, eso se llama tracto sucesivo, y lo que dices es imposible (otra cosa es el tracto abreviado, más dudo que alguien que no sepa derecho hipotecario entienda ese concepto). Su artículo es muy interesante, pero efectivamente, como reconoce en otro post, resulta poco explicativo para las personas que no son expertas en estos temas. 3 Obtener índice de elemento. estas cifran justificarian la venta a pérdida según el agente. Estás bien informado, la firma puedes: o legitimarla ante Notario, o hacerla en presencia del Registrador de la Propiedad. y ¿tenemos alguna otra salida que no pase por consultar, de nuevo, a la comunidad de vecinos y nos permita hacer todo en un sólo acto: la desafectación y la compraventa, con su hipoteca?. Pero todo ello con bastantes disgustos, gastos y ninguna reparación por parte de quien cometió el error. Los perceptores de renta de cuarta categorÃa no son informados en el T-Registro. Resulta que ha aparecido en le notario una nueva escritura de la finca en la que resulta que la finca ya no es de 7000 m2 sino de 8000m2 porque hace 8 años se hizo una ampliación, es decir que escrituraron otra finca de 1000m2 a la finca original. Ningún problema tiene tu propiedad, pues viene determinada por una sentencia; tal y cómo explico en el post la inscripción en el Registro de la Propiedad no atribuye el dominio, sólo le da publicidad. Difícilmente puede haber engaño en el hecho del fallecimiento de alguien, máxime cuando para firmar la herencia hay que aportar el testamento o la declaración de herederos intestados, y para obtener cualquiera de ellos, primero hay que aportar el certificado de defunción. La vivienda me gusto y al salir comenté a la trabajadora de la inmobiliaria que desearía saber si tiene cargas. El dilema es el siguiente, la vendedora y el comprador, decidieron cancelar la escritura de compraventa y la vendedora vuelve a vender persona distinta, pues, en Catastro el bien no esta grabado. mi pregunta: La pregunta es diferente de la anterior, pues una cosa es si se puede hacer algo, y otra cómo hacer algo ante Notario. la parte de un solar que compramos juntos. Digo, si no aparece ,esta matriz esta perdida y nosotros la necesitamos para llevarla al Ayuntamiento y no pagar el IBI. Somos 5 herederos de un piso que hace 8 años intentamos vender pero que uno de ellos se negó en rotundo simplemente para entorpecer (las cosas que pasan) con lo cual no hemos tenido mas remedio que solicitar su adjudicación en subasta pública (aún estamos esperando el señalamiento de subasta que previsiblemente será para septiembre u octubre), la cuestión es que uno de los herederos ha muerto y ha dejado a su vez 4 hijos (no se si han aceptado la herencia o no), y uno de los hermanos en vista de la mejora de su situacion economica estaría dispuesto a comprar el piso. Pues la donación de inmuebles sin escritura pública es nula, por lo que no hay solución al tema, salvo que los herederos del abuelo consientan otra cosa. André Farah Salas ¿Podemos de alguna manera Inscribir en el Registro sin Escritura Pública pero sí con el Contrato original privado? La hipoteca está inscrita y la pago religiosamente así como la comisión de la entidad avalista. Como ves, el tema tiene matices y lo mejor que puedes hacer es consultar a un abogado. piden 3000 euros de la comunidad de una plaza de garaje que desconocíamos su existencia ya pueden embargar la casa, por qué tanto interés en que la registremos?. Me dirijo a Vd. Muchas gracias. Pero lo normal es que vendedor y comprador se pongan en contacto, se miren a la cara, visiten la casa, comenten su ubicación, su vecindario, sus calidades, se cuenten su vida y problemas, y tras un tiempo de meditación lleguen a un acuerdo. que yo formalizase ante Notario, como mejor descripción de la cosa a transmitir fuera esa información que ofrece el Catastro en la actualidad, representa que adquiriría 50m2 de planta baja + 50m2 de planta primera + 27m2 de planta segunda, es decir, estaría asumiendo la no adquisición del resto?. En estos casos, pese a que la relación estatutaria del servidor con el Estado mantiene continuidad, el servidor debe ser dado de baja en la entidad de origen y dado de alta en la de destino. De esta forma, la planilla electrónica tiene dos componentes: el T-Registro; además, del Planilla mensual de pagos (Plame), esto es, la planilla mensual, donde se registrarán los datos de cada mes (días trabajados, horas extras, remuneraciones, descuentos, aportes e impuestos, etc.). Muchas gracias por su respuesta. Muchas gracias y un saludo. [Informe 002844-2022-Servir-GPGSC], ¿Cómo se realiza el cálculo de la indemnización por despido arbitrario? ¿Hay algún problema si compro esa vivienda a un particular que no aparece en el registro? Es así? ¿Es en este caso cuando hablaríamos de tracto abreviado? Desconozco el arancel registral, por lo que nada puedo decirte sobre el tema, pero en principio puede que la inmatriculación sea mas cara que una inscripción ordinaria, pero dudo que el doble. El inconveniente es que hoy en día pocos entienden que se puede ser perfectamente propietario aunque no esté tu titularidad inscrita en el Registro de la Propiedad. las estructuras del t-registro aprobadas en el anexo 3 de la resolución ministerial n. ° 121-2011-tr que se validarán a través de este programa son las siguientes: estructura n. ° datos personales del trabajador, pensionista, personal en formación - modal format laboral y personal de terceros.
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